La Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, dentro del Plan de Medidas Extraordinarias para la Recuperación Económica de la región con motivo de la crisis del COVID-19, ha publicado un Decreto (Decreto 14/2020, de 12 de mayo) por el que se conceden directamente subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y microempresas afectadas por la crisis del COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo.
Estas ayudas, cofinanciadas por el FEDER en un 80%, consisten en una prestación económica única como apoyo a las pérdidas económicas ocasionadas por la crisis sanitaria causada por el COVID-19.
La cuantía de las ayudas es:
– Línea 1, para las personas trabajadoras autónomas sin asalariados: 1500€.
– Línea 2, para microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica:
• 2200 € para microempresas de hasta 5 trabajadores equivalentes a tiempo completo.
• 3000 € para microempresas de más de 5 y menos de 10 trabajadores equivalentes a tiempo completo.
No serán subvencionables las actividades económicas relacionadas con:
a) Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, encuadradas en la sección A del Anexo del Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009, CNAE-09.
b) Industria de la alimentación, fabricación de bebidas y tabaco encuadradas en los códigos 10, 11 y 12 de la sección C del CNAE-09.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 15 de mayo hasta el próximo 15 de junio. Las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas, siempre que estén debidamente cumplimentadas y se cumplan todos los requisitos establecidos y hasta el agotamiento de la financiación disponible.
La presentación de la solicitud es de forma telemática con firma electrónica a través de la Sede Electrónica de la JCCM. Todos los trámites relacionados con la solicitud se notificarán de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas, en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha. Para ello, en el momento de la solicitud, la entidad deberá estar dada de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/.




