Imprimir 


Los precios de los servicios funerarios no podrán ser superiores a los precios vigentes antes del 14/03/2020. Si ya se hubieran pagado, la empresa deberá devolver diferencia, dejando constancia de ello aunque no pueda llevarse a cabo ahora, y el usuario tendrá seis meses desde que finalice el estado de alarma para solicitar el reembolso.
Las empresas de servicios funerarios deben facilitar al usuario, en cualquier caso y antes de contratar el servicio, un presupuesto desglosado por cada uno de los conceptos incluidos en el mismo y la lista de precios que estaban vigentes antes del 14/03/2020.
De los servicios o productos contratados que no se puedan utilizarse o entregarse al usuario debido a las medidas establecidas, se devolverán al consumidor o usuario los importes ya abonados correspondientes a dichos servicios o
productos.
El incumplimiento de estas obligaciones se consideran infracción en materia de protección del consumidor

Usamos cookies para mejorar su experiencia en nuestra web. Más información en: Guía de uso de las cookies.

  Acepto el uso de las cookies en este sitio.