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arbitral_de_consumo2¿Qué es el Sistema Arbitral de Consumo y cuáles son sus ventajas?

Es un procedimiento administrativo en el que se resuelven conflictos surgidos
entre los consumidores o usuarios y las empresas o profesionales, en
lación a los derechos reconocidos por las leyes o en los contratos.

No pueden ser objeto de arbitraje los conflictos relacionados con intoxicación,
lesión, muerte o aquéllos en que existan indicios racionales de delito, incluida
la responsabilidad por daños y perjuicios directamente derivados de ellos.

Es un procedimiento extrajudicial y eficaz, porque la controversia se resuelve mediante un laudo o resolución sin necesidad de acudir a los tribunales; es rápido, porque cualquier asunto se debe resolver en un máximo de 6 meses; es gratuito, porque está financiado por Administración, y es eficaz, porque la
resolución que se adopta obliga a las partes a cumplir lo estipulado.


¿Quién interviene en el arbitraje de consumo?

En el arbitraje de consumo intervienen personas nombradas por la Administración, por las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y por las Organizaciones Empresariales o Profesionales, que actúan como árbitros acreditados e imparciales para resolver y decidir en cada caso.

Los órganos arbitrales pueden ser unipersonales (un solo árbitro) o colegiados (tres árbitros: un presidente designado por la Administración, un vocal designado por Asociaciones de Consumidores y un vocal designado por Asociaciones de Empresarios).

En Castilla-La Mancha existe una Junta Arbitral de carácter regional, con sede en Toledo, depende del Instituto de Consumo de Castilla-La Mancha y recibe las solicitudes que se presentan en toda la región a través de los servicios de consumo (OMIC y Servicios Provinciales). 


Las empresas, comercios y profesionales se pueden adherir al Sistema Arbitral de Consumo

Los empresarios y comerciantes de La Solana, pueden solicitar su adhesión al Sistema Arbitral de Consumo a través de la OMIC, cumplimentando el formulario correspondiente que se entrega en la oficina o que se puede descargar desde www.lasolana.es.

Una vez admitida la oferta de adhesión se otorga a la empresa o profesional un distintivo oficial que deben exhibir al público y que pueden utilizar en sus comunicaciones y ofertas comerciales.

Las empresas o profesionales adheridos podrán renunciar en cualquier momento a su oferta de adhesión ante la Junta Arbitral de Consumo, y la baja tendrá efecto a los 30 días de su comunicación por escrito, perdiendo el derecho al uso del distintivo oficial.

Todas las empresas y profesionales adheridos al Sistema Arbitral se incluyen en el registro público del Instituto Nacional de Consumo.

Para fomentar del Sistema Arbitral de Consumo, las Administraciones públicas pueden establecer incentivos para las empresas o profesionales que realicen su oferta pública de adhesión.

En La Solana, el Ayuntamiento es Centro Colaborador de la Junta Arbitral de Consumo de Castilla-La Mancha desde el año 2000 y hay más de 200 comercios, empresas y profesionales que han realizado su oferta de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo y cuentan con el distintivo oficial que los distingue por esta garantía que ofrecen a los consumidores.

Ya se han tramitado más de 100 reclamaciones por esta vía, haciendo posible y más cercana la resolución de conflictos de consumo a los vecinos de la localidad y comarca.

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